Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
17-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120317-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

161
Ejecución 11 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 11 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cesárea Lorenzo Prieto, contra la empresa “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de incoación de la ejecución con traslado al Fondo de Garantía Salarial, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Concepción del Brío Carretero.—En Madrid, a 2 de febrero de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Cesárea Lorenzo Prieto, frente a “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, por importe de 1.016,21 euros de principal (923,83 euros condenado en sentencia, más 92,38 euros en concepto de interés de mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 70 euros presupuestados para intereses y 110 euros en de condena de costas provisionales.

Habiéndose declarado su insolvencia en el Juzgado de lo social número 12 de Madrid, de ejecución número 223 de 2010, en fecha 19 de diciembre de 2011, conforme a lo previsto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social dese audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.747/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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