Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
15-03-2012

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120315-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Cobranza padrones fiscales año 2012

De acuerdo con lo establecido en el artículo 85 de la ordenanza general municipal de gestión y recaudación, se procede a la publicación conjunta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento por plazo de un mes, del calendario fiscal, de la exposición pública de padrones o matrículas y del anuncio de cobranza de deudas de notificación colectiva y periódica que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en el año 2012.

El calendario fiscal y la exposición pública de padrones o matrículas fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 31 de enero de 2012.

Anuncio de cobranza

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación y artículo 85 de ordenanza general municipal de gestión y recaudación, se publica el anuncio de cobranza para el cobro de las deudas de notificación colectiva y periódica que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en el año 2012.

Plazos de ingreso.—Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos municipales y demás ingresos de derecho público, que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas en el año 2012, serán los establecidos en el calendario fiscal aprobado por la Junta de Gobierno Local en fecha 30 de diciembre de 2011, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 31 enero de 2012.

Modalidad de cobro.—La recaudación de los tributos municipales y demás ingresos de derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas en el año 2012 se realizará:

a) A través de las siguientes entidades de crédito colaboradoras:

— BBVA (“Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”).

— “Banco Santander, Sociedad Anónima”.

— “Caixa Catalunya” (“Catalunya Banc, Sociedad Anónima”).

— “Bankia, Sociedad Anónima” (“Caja Madrid” y “Caja Ávila”).

— “Ibercaja” (“Ibercaja Banco, Sociedad Anónima Unipersonal”).

b) A través de Internet.

Medios de pago.—Los medios de pago a utilizar serán los que admita cada modalidad de pago y que a continuación se indican:

— Dinero de curso legal.

— El cheque bancario. Este medio de pago solamente podrá utilizarse cuando se cumplan los siguientes requisitos:

l El pago mediante cheque solamente se podrá realizar en la oficina 2206, calle Mediodía, número 1, Leganés (Madrid), de “Bankia, Sociedad Anónima”.

l El cheque debe ser bancario, es decir, que el que firma el cheque (el librador) es la propia entidad bancaria que debe pagarlo (el librado).

l El cheque debe ser nominativo a favor del Ayuntamiento de Leganés.

— Tarjeta de crédito o débito. Este medio de pago solamente podrá utilizarse cuando el pago se realice a través de Internet y en los términos y condiciones que se expresen en este canal de pagos.

— Domiciliación bancaria.

Lugares, días y horas de ingreso.—Los pagos a través de entidades de crédito colaboradoras:

— En las oficinas bancarias de dichas entidades en los días y en los horarios de apertura al público de los mismos.

Los pagos a través de Internet:

— En la página web municipal www.leganes.org las veinticuatro horas del día y los siete días de la semana.

Pagos fuera de plazo.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, “Boletín Oficial del Estado” de 2 de septiembre de 2005), se advierte de que, transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Leganés, a 6 de marzo de 2012.—El concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Alejandro Martín Illarregui.

(02/2.132/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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