Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120315-112
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 932 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óliver García Baz y don Iván Verguizas García, contra la empresa “Copaste Aislamientos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Estimo las demandas de los dos actores y declaro improcedentes cada uno de sus despidos con fecha de efectos de 22 de junio de 2011.
Asimismo, declaro extinguida la relación laboral entre las partes, por ser imposible la readmisión.
En consecuencia, condeno a la demandada “Copaste Aislamientos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, y a que abone:
A don Oliver García Baz: la cantidad de 21.768,08 euros en concepto de indemnización, calculada desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia. Asimismo, abonará la cantidad de 10.411,82 euros en concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.382,21 euros mensuales brutos con inclusión de prorrata de pagas extras.
A don Iván Verguizas García: la cantidad de 26.259,90 euros en concepto de indemnización, calculada desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia. Asimismo, abonará la cantidad de 10.411,82 euros en concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.382,21 euros mensuales brutos con inclusión de prorrata de pagas extras.
Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las cantidades objeto de condena hasta el límite legal.
De conformidad con los artículos 191.2.g), 229 y 230 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, esta sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado, anunciando la interposición del recurso.
Junto con el anuncio de recurso deberá justificar la consignación del depósito de 300 euros en la cuenta de este Juzgado número 2510 en la oficina de “Banesto”, que se encuentra en la primera planta del edificio de estos Juzgados. Asimismo, si el recurrente no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá acreditar al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la entidad bancaria señalada y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Copaste Aislamientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 9 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/6.527/12)

