Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
12-03-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120312-179

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

EDICTO

179
Ejecución 23 de 2012

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 23 de 2012, a instancias de la parte actora don Gonzalo Calero Maestre, contra “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones de fecha 18 de enero de 2012 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Gonzalo Calero Maestre, contra “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 2.265,13 euros.

No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo de lo dispuesto en el artículo 33 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Dicha resolución es firme, habiendo transcurrido más de veinte días desde su notificación a la demandada.

Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de la condena.

Consta en este Juzgado de lo social número 3 de Huelva que con fecha 2 de julio de 2011 se ha dictado decreto de insolvencia en los autos número 1.236 de 2009, ejecutoria número 186 de 2011.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase al despacho de la ejecución de la sentencia contra “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, por la suma de 2.265,13 euros en concepto de principal, más 500 euros calculados para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

Extráigase testimonio del decreto de insolvencia correspondientes a los autos número 1.236 de 2009 para su unión a las presentes actuaciones.

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los supuestos contemplados en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta número 1932/0000/30/0023/12 abierta a nombre de este Juzgado en la oficina principal de “Banesto” (calle Marina, número 2), de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Así por este auto lo acuerdo, manda y firma la ilustrísima señora doña María Auxiliadora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Huelva, a 18 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.244/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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