Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120312-173
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 27 de 2010 A-P de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jamal Afkir, contra la empresa “Reformacol Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña María del Pilar Buelga Álvarez.—En Guadalajara, a 30 de enero de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo: Tener por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito del trabajador don Jamal Afkir por el importe que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 3.887,88 euros, quedando todavía pendiente un crédito del trabajador don Jamal Afkir contra la empresa ejecutada de 812,36 euros.
Y visto el estado de estos autos, firme que sea la presente resolución llévense de nuevo al archivo, dejando nota a tal efecto en el libro registro de su razón.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformacol Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Guadalajara, a 30 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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