Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120312-136
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 944 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Rodríguez Llanos, contra la empresa “Microlyne System, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
En Madrid, a 31 de enero de 2011.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente
Sentencia número 32 de 2012
En los autos de juicio verbal sobre despido, seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Juan José Rodríguez Llanos, con documento nacional de identidad número 7533047-H, defendido por el letrado don Juan José Pastrana Guerrero, y de la otra, como demandados, “Microlyne System, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.
Fallo
Que estimando la demanda formulada por don Juan José Rodríguez Llanos, contra “Microlyne System, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y, acordando la extinción de la relación laboral, condeno a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y abonar al actor las siguientes cantidades: 28.143,75 euros en concepto de indemnización y 15.235,15 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (día siguiente a su fecha de efectos) a la presente resolución, a razón del salario declarado probado (75,05 euros diarios).
Notifíquese esta sentencia a las partes y al Servicio Público de Empleo Estatal, y adviértase de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.
Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado de lo social en la entidad “Banesto”, número de cuenta 2522, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación”, que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la misma entidad bancaria, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Por último, se advierte a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Microlyne System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/5.998/12)

