Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120309-144
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 189 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Mas López, don Víctor Mas López y doña Rosa López Lage, contra don Juan Carlos Velarde Chaparro y “Cafetería Velarde, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto en fecha 6 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Dispongo: Aclarar el auto dictado con fecha 15 de diciembre de 2011 en los siguientes términos.
Donde dice: «Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones a favor de la parte ejecutante doña Patricia Mas López, don Víctor Mas López y doña Rosa López Lage, frente a “Cafetería Velarde, Sociedad Limitada”, por importe de 8.353,48 euros de principal, más 501,21 euros de intereses y 835,34 euros de costas, cantidades estas dos últimas que se fijan de forma provisional, sin perjuicio de su posterior liquidación.»
Debe decir: «Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones a favor de la parte ejecutante doña Patricia Mas López, don Víctor Mas López y doña Rosa López Lage, frente a “Cafetería Velarde, Sociedad Limitada”, y don Juan Carlos Velarde Chaparro, por importe de 8.353,48 euros de principal, más 501,21 euros de intereses y 835,34 euros de costas, cantidades estas dos últimas que se fijan de forma provisional, sin perjuicio de su posterior liquidación.»
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. Líbrese el correspondiente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la práctica de la notificación a la parte ejecutada.
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que, en su caso, pueda interponerse frente a la resolución aclarada. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Carlos Velarde Chaparro y a “Cafetería Velarde, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 6 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/5.746/12)

