Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
09-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120309-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

126
Ejecución 86 de 2011

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 86 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmita Karina Rodríguez Carrión, don Henry Varas León, don Mauricio Arboleda Tejada, doña Alexandra Sevillano Martínez, doña Marilú Román Espejo y don Miguel Ángel de la Fuente Gil, contra las empresas “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima”, y “Unitel Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a las ejecutadas “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima”, y “Unitel Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 136.541,49 euros, correspondiendo a doña Carmita Karina Rodríguez Carrión la cantidad de 17.493.35 euros, a don Henry Varas León la cantidad de 59.820,86 euros, a don Mauricio Arboleda Tejada la cantidad de 12.150,03 euros, a doña Alexandra Sevillano Martínez la cantidad de 4.732,71 euros, a doña Marilú Román Espejo la cantidad de 10.895,54 euros y a don Miguel Ángel de la Fuente Gil la cantidad de 31.449 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.

De conformidad con el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2514/0000/00/0472/09 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima”, y “Unitel Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.701/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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