Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
07-03-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120307-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

80
Juicio de faltas 920 de 2011

Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Hace saber: Por haberse acordado en diligencia de ordenación de esta fecha dictada por el secretario judicial del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en juicio de faltas número 920 de 2011-X, seguido ante este órgano judicial por una falta de hurto, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva de la sentencia recaída en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Mihaela Gortan y don Daniel Ion, como autores de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena para cada uno de ellos de multa de un mes, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago para cada uno de ellos de la mitad de las costas, debiendo dejarse sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

El escrito de recurso deberá expresar ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en que se base la impugnación.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación de sentencia a don Daniel Ion, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 20 de enero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/5.359/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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