Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2012

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120306-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

32
RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2012, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 4353/2011, de 15 de diciembre, por la que se desestima el recurso de reposición RR 543.8/10, interpuesto por doña Marta Cadenas de Llano Bajo, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 6 de mayo de 2010.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 4353/2011, de 15 de diciembre, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doña Marta Cadenas de Llano Bajo; procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de reposición interpuesto por doña Marta Cadenas de Llano Bajo, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 6 de mayo de 2010, dictada en el expediente RBE 280000198826, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Con fecha 21 de diciembre de 2009, doña Marta Cadenas de Llano Bajo presenta solicitud de reconocimiento del derecho a la renta básica de emancipación regulada por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre.

Segundo

Una vez analizada la documentación aportada, en relación con los requisitos necesarios para acreditar el derecho a la ayuda, se pone de manifiesto que la fuente de ingresos regular de la solicitante supera los 22.000 euros brutos anuales.

En consecuencia, con fecha 6 de mayo de 2010, la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dicta Orden mediante la que se deniega a doña Marta Cadenas de Llano Bajo el derecho a obtener la renta básica de emancipación de los jóvenes.

Tercero

Contra la citada Orden, doña Marta Cadenas de Llano Bajo ha interpuesto recurso de reposición, dentro del plazo legalmente establecido, en el que alega, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.

Cuarto

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe a que se ­refiere el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la desestimación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Con­sejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En cuanto a las cuestiones de fondo, la recurrente manifiesta, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.

En relación con lo alegado, el artículo 2.c) del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, dispone que, entre otros, deberá “disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros”. Pues bien, una vez acreditado que la fuente de ingresos regular de la solicitante supera los 22.000 euros brutos anuales, se dictó Orden denegando la ayuda, Orden que debe ser confirmada en vía de recurso por ser conforme a derecho.

En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en el que se propone desestimar el recurso de reposición interpuesto,

DISPONGO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Marta Cadenas de Llano Bajo, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 6 de mayo de 2010, dictada en el expediente RBE 280000198826.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 14 de febrero de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/6.610/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120306-32