Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2012

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120306-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2012, de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la orden de denegación de la subvención solicitada por la entidad “Open Knowledge Network, Sociedad Limitada”.

Por la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica de la Consejería de Economía y Hacienda se ha intentado notificar a la entidad “Open Knowledge Network, Sociedad Limitada” (expediente INNO/309/2011), orden de denegación de la subvención solicitada dentro del Programa “Innoempresa”, de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunidad de Madrid (Convocatoria año 2011, Orden de 3 de febrero de 2011). La notificación al interesado se ha intentado, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha Orden, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, dispone la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio de notificación conocido.

Madrid, a 10 de febrero de 2012.—La Directora General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Elisa Robles Fraga.

ANEXO QUE SE CITA

Orden de 17 de noviembre de 2011 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se resuelve el expediente presentado por la entidad “Open Knowledge Network, Sociedad Limitada”, en aplicación de la Orden de 3 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa “Innoempresa”, de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunidad de Madrid 2011-2013, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, y se convocan ayudas para el año 2011

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

En fecha 18 de mayo de 2011, la entidad “Open Knowledge Network, Sociedad Limitada”, con domicilio a efectos de notificación en Madrid, 28028, calle Marqués de Monteagudo, número 22, quinto A y CIF B-85965408, solicitó, al amparo de la Orden de 3 de febrero de 2011, una subvención para el proyecto definido en el modelo de solicitud y su fichero electrónico adjunto identificado con el código B85965408987044, procediéndose a instruir el oportuno expediente con el número de referencia INNO/309/2011.

Segundo

De la solicitud formalizada por la solicitante junto con la información contenida en el fichero electrónico mencionado, y del estudio de la misma según prevé el artículo 20.1 de la Orden de 3 de febrero de 2011, se constata que de acuerdo con los criterios de concesión establecidos en el artículo 21 de la Orden, los criterios de evaluación fijados en el Anexo II y la tipología de proyectos recogida en el Anexo III, este proyecto no alcanza la valoración suficiente para ser subvencionado.

Tercero

Finalizada la instrucción del expediente y emitido el preceptivo informe, la Comisión Mixta de Evaluación procedió a su examen y valoración en su reunión de fecha 29 de junio de 2011, emitiendo propuesta desfavorable.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Corresponde al Consejero de Economía y Hacienda la competencia para la concesión de la citada subvención, a tenor de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 12 de la Orden de 3 febrero de 2011, de bases reguladoras del programa “Innoempresa”.

Segundo

En la tramitación del presente expediente han sido observados los trámites previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo en todo lo que constituya legislación básica, en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones vigentes en la materia.

En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

Denegar, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión de Evaluación, la subvención solicitada al amparo de la Orden de 3 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa “Innoempresa”, de Apoyo a la Innovación de las Pymes de la Comunidad de Madrid, y se convocan ayudas para el año 2011.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 17 de noviembre de 2011.—El Consejero de Economía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008).—La Directora General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Elisa Robles Fraga.

(03/6.605/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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