Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120305-198
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.221 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Celestina Benítez Romero, doña Paula Andrea Jiménez Noreña, doña Natacha Andrés Cañas y doña Lourdes Íñigo Rodríguez, contra don José María Arnau Buisan, don José Víctor Algora Cabello, “Urbajar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
CÉDULA DE CITACIÓN
En Madrid, a 25 de enero de 2012.
En el proceso tramitado por este Juzgado de lo social, en base a la demanda presentada por doña Celestina Benítez Romero, doña Paula Andrea Jiménez Noreña, doña Natacha Andrés Cañas y doña Lourdes Íñigo Rodríguez, contra don José María Arnau Buisan, don José Víctor Algora Cabello, “Urbajar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de ordinario, se ha dictado resolución, cuya copia literal se transcribe, citándole para el acto de juicio oral, habiéndose señalado para tal acto la audiencia del día 18 de abril de 2012, a las nueve cincuenta y cinco horas de su mañana.
De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral, se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbajar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 14 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/6.159/12)

