Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120305-83

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Notificación por comparecencia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por la presente se cita a los contribuyentes que a continuación se relacionan, para notificarles por comparecencia las liquidaciones del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica, ocupación de la vía pública, tasas de residuos sólidos urbanos y publicaciones de anuncios en boletines oficiales, impuestos sobre actividades económicas y derechos por servicios urbanísticos por los ejercicios e importes que se detallan, según orden que se cita:





La comparecencia, a efectos de notificación, deberá efectuarse en el edificio de Servicios Económicos del Ayuntamiento, Sección de Actividades Económicas, plaza de la Iglesia, número 7, primera planta, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a catorce y treinta. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Con la práctica de la notificación, se abrirá el siguiente plazo de ingreso para el abono de las liquidaciones (artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria):

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Cumplidos estos plazos y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se inicia el período ejecutivo, y la recaudación por el procedimiento de apremio, que determina la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Para hacer efectiva la deuda, el interesado deberá personarse en la Tesorería municipal, donde se le facilitará el oportuno documento para su ingreso en entidad financiera. Asimismo, podrá realizarse ingreso o transferencia bancaria a la cuenta del BBVA 0182 5638 88 0203001640 abierta a nombre de este Ayuntamiento.

Contra las liquidaciones los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Concejalía de Hacienda, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del acto (artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

No obstante lo anterior, podrá interponerse cualquier otro recurso o reclamación que estime conveniente a su derecho.

San Sebastián de los Reyes, a 22 de febrero de 2012.—El alcalde, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(02/1.646/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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