Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55
Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120305-2
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE SANIDAD
Por Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre de 2009), se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista de Medicina Intensiva del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
Dicha Resolución, en su base 2.1 establece los requisitos que deberán reunir los aspirantes para ser admitidos a la realización de estas pruebas, disponiendo el apartado 2.3 de la misma base que “los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.
En la solicitud de participación en el proceso selectivo, los aspirantes declararon que eran ciertos los datos consignados en ella y que reunían los requisitos establecidos en la Resolución de la convocatoria del mencionado proceso, comprometiéndose a probarlos documentalmente.
La base 6.11 de la convocatoria establece que si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista de Medicina Intensiva del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, ante las dudas fundadas del incumplimiento del requisito de “no poseer plaza en propiedad en la categoría de Facultativo Especialista de Área de Medicina Intensiva, como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa” establecido en la base segunda de la convocatoria y una vez realizado el procedimiento regulado en el apartado decimoprimero de la base sexta, acordó por unanimidad proponer al órgano convocante la exclusión del proceso selectivo de doña Carmen Benito Puncel, don José Alberto Silva Obregón, doña Míriam Ochoa Calero, doña María Sofía Cuadra Madrid y doña María Sopetrán Rey García, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, tras el examen de la documentación obrante en el expediente y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de lo establecido en el apartado f) del artículo 10 del Decreto 23/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,
HA RESUELTO
Primero
Excluir del proceso selectivo convocado por Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre de 2009), para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista de Medicina Intensiva del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria a los aspirantes:
— Doña Carmen Benito Puncel, DNI número 46838526-S.
— Don Alberto Silva Obregón, DNI número 838821-B.
— Doña Míriam Ochoa Calero, DNI número 52888028-P.
— Doña María Sofía Cuadra Madrid, DNI número 500948352-M.
— Doña María Sopetrán Rey García, DNI número 3446179-C.
Segundo
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Dado en Madrid, a 28 de febrero de 2012.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.
(03/7.952/12)

