Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
02-03-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120302-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Modificación ordenanza fiscal

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el 16 de febrero de 2012, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, se pone en conocimiento general que el expediente aprobado se encuentra expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo los legítimamente interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo de información pública, el acuerdo inicial se elevará a definitivo, en previsión de lo cual se expone el texto íntegro de la modificación de la ordenanza, que ha sido aprobada en los siguientes términos:

“1.o Se introduce el artículo 6.1.bis de en la ordenanza fiscal en los siguientes términos:

6.1.bis. El tipo de gravamen el IBI fijado en el artículo 6.1 anterior se verá incrementado en un 4 por 100 transitoriamente durante los años 2012 y 2013 para la mitad de los bienes de naturaleza urbana con mayor valor catastral, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto-Ley 20/2001, de 31 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria, Tributaria y Financiera, para la corrección del déficit público.

2.o Que se mantenga en el resto de términos la ordenanza fiscal en vigor”.

En Collado Mediano, a 16 de febrero de 2012.—La alcaldesa, María Rubio Sadia.

(03/5.738/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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