Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
02-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120302-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 1.393 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.393 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolás Colmenar Fernández, contra las empresas “Tam Motor, Sociedad Anónima”, “Resermat, Sociedad Limitada”, “Tam Stilo Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Taller de Asesoramiento Multimarca Cars, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, “Multiservicios y Actividades Técnicas de Automoción, Sociedad Limitada”, y “Grupo Harvest Tam, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

En Madrid, a 14 de diciembre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Nicolás Colmenar Fernández, frente a “Tam Motor, Sociedad Anónima”, “Resermat, Sociedad Limitada”, “Tam Stilo Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Taller de Asesoramiento Multimarca Cars, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, “Multiservicios y Actividades Técnicas de Automoción, Sociedad Limitada”, y “Grupo Harvest Tam, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 1 de abril de 2013, a las nueve treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

La parte actora comparecerá al acto del juicio oral asistida de letrado.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2501, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el numero de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.025/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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