Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
01-03-2012

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120301-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

5
Resolución de 17 de febrero de 2012, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la exclusión de determinados aspirantes del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), convocado por Orden de 8 de mayo de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo).

Por Orden de 8 de mayo de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C).

En la base segunda, apartado primero, de la citada Orden, se disponía que “los aspirantes, junto con los requisitos generales de participación establecidos en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), para ser admitidos a este proceso selectivo de promoción profesional específica y poder acceder, en su caso, a las plazas convocadas, deberán, asimismo, reunir los requisitos que se detallan a continuación:

a) Ostentar la condición de trabajador laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos y Órganos especiales de gestión incluidos en el ámbito de aplicación territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, y encontrarse en situación de servicio activo o con el contrato suspendido con reserva de puesto de trabajo.

b) Pertenecer a la categoría profesional del Anexo IV del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que sea inmediatamente inferior a aquella a la que se pretende acceder, dentro de la misma área funcional, y haber prestado servicios efectivos en dicha categoría como personal laboral fijo durante, al menos, dos años. De este modo, las categorías a considerar, tal y como se indica en el Anexo I de la presente Orden, serán las siguientes:

— Auxiliar de Hostelería (Grupo V, Nivel 1, Área C).

— Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área C).

Posteriormente, mediante Resolución de 9 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de junio), fueron aprobadas las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las mencionadas pruebas selectivas, se publicó la relación de aspirantes excluidos y se anunció el plazo para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso del citado proceso, figurando los aspirantes que se relacionarán seguidamente en el listado definitivo de admitidos al mismo.

Mediante Acuerdo de 25 de noviembre de 2011, el Tribunal Calificador de dichas pruebas selectivas, hizo pública la relación provisional de aspirantes que habían superado el proceso selectivo de referencia. En virtud de lo dispuesto en la base segunda, apartado cuarto, de la citada Orden de convocatoria, a cuyo tenor “los aspirantes deberán poseer los requisitos exigidos en esta base en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo”, este Centro Directivo procedió a solicitar a las Consejerías y Organismos correspondientes la confirmación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la mencionada base, habiendo obtenido un pronunciamiento negativo en relación a determinados aspirantes incluidos en la relación provisional hecha pública por el Tribunal Calificador anteriormente referenciada.

En virtud de cuanto antecede, y en cumplimiento de las bases de convocatoria aprobadas por la supracitada Orden de convocatoria, y demás normas concordantes y de aplicación, esta Dirección General de Función Pública, en el uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas,

HA RESUELTO

Excluir del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), convocado por la ya mencionada Orden de 8 de mayo de 2008, a los aspirantes que se indican a continuación, por los motivos que se hacen constar expresamente, al no reunir alguno de los requisitos exigidos por la base segunda de la referida Orden de convocatoria:


DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS DE EXCLUSIÓN

A: Extinción de la relación laboral con la Administración de la Comunidad de Madrid.

B: Encontrarse en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo.

C: No pertenecer a alguna de las categorías profesionales desde las que se puede promocionar.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia y Justicia, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 17 de febrero de 2012.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/6.962/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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