Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
01-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120301-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Demanda 901 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 901 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón López Martínez, contra la empresa “Procoha, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el demandante don Ramón López Martínez, contra “Productos y Comercialización de la Harina, Sociedad Anónima” (“Procoha, Sociedad Anónima”), y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado al actor con efecto de fecha 30 de junio de 2011 y siendo imposible la readmisión por cese de actividad y cierre de la empresa se declara la extinción de la relación laboral entre las partes con fecha de efectos de esta resolución condenando a la empresa demandada a que abone al actor las siguientes cantidades en concepto de indemnización y de salarios de tramitación.

Indemnización: 7.966,50 euros.

Salarios: 12.769 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2525 que tiene abierto en “Banesto”, Madrid-Urbana, calle Princesa, número 2, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143, debiendo aportar justificantes de ingreso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha, por la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Concepción del Brío Carretero que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Procoha, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.705/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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