Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120228-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

80
Ejecución 275 de 2009

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Fuentes Sojo, don José Luis Fernández Marcos, don Felipe Lozano del Moral, don Carlos Villoslada Taboada, don Javier Pascual Ortega, don José Luis Guerrero Pereira y don Antonio Suárez Núñez, contra las empresas “Pedro Bou Sardáñez Ingeniería y Desarrollo de Troqueles, Sociedad Limitada”, “Arrán Industrias Metalúrgicas del Centro, Sociedad Limitada”, y “Maquinaria Gesmaq, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 22 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a las ejecutadas “Pedro Bou Sardáñez Ingeniería y Desarrollo de Troqueles, Sociedad Limitada”, “Arrán Industrias Metalúrgicas del Centro, Sociedad Limitada”, y “Maquinaria Gesmaq, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 386.352,62 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Requerir al Fondo de Garantía Salarial para que una vez llegado a su cumplimiento el acuerdo de fecha 30 de diciembre de 2010 entre la empresa “Arrán Industrias Metalúrgicas del Centro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial lo ponga en conocimiento de este Juzgado para acordar lo que proceda en cuanto a seguir la ejecución frente a la citada demandada.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la presente, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 0030/1033/40/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Pedro Bou Sardáñez Ingeniería y Desarrollo de Troqueles, Sociedad Limitada”, y “Maquinaria Gesmaq, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.080/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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