Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120228-79
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 245 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Hoya Recuero, contra la empresa “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 23 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 6.868,15 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la presente, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 0030/1033/40/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/4.078/12)