Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120223-209
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 6
EDICTO
Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Zaragoza.
Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 461 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Montequín Viña, contra la empresa “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, sobre extinción de contrato, se ha dictado sentencia de fecha 4 de octubre de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimado como estimo parcialmente la demanda interpuesta por don José Manuel Montequín Viña, contra “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral que vincula a las partes litigantes condenado a la mercantil a abonar al actor la cantidad indemnizatoria de 10.954,13 euros, más la cantidad de 9.596,94 euros brutos por los salarios adeudados, que devengarán el interés moratorio del 10 por 100, absolviendo a la demandada del resto de pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.
Notifíquese a las partes, enterándoles que contra la presente resolución, y dentro del plazo de cinco días a contar desde su notificación, podrán anunciar la interposición del recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, manifestándose el letrado que ha de formalizar el recurso.
Si recurriera la empresa condenada deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso, haber depositado en la “Cuenta de depósito y consignaciones”, abierta en “Banesto”, número 4917, seguido del número de autos, sucursal urbana de plaza Lanuza, calle Torrenueva, número 3, de esta ciudad, la cantidad objeto de condena, haciendo referencia al número de autos, recursos. Igualmente deberá acreditar haber depositado en la cuenta corriente mencionada la cantidad de 150 euros haciendo referencia a recursos de suplicación.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Zaragoza, a 11 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/4.507/12)

