Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120223-118
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 17 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Rodríguez Conde y doña Macarena Machado Benítez, contra la empresa “Guinot González Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 20 de enero de 2012 del tenor siguiente:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Andrés Rodríguez Conde y doña Macarena Machado Benítez, frente a “Guinot González Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada”, por las siguientes cantidades:
En concepto de principal: 21.233,32 euros que se corresponden con la suma de 12.598,64 euros en concepto de indemnización, más otros 8.734,68 euros de salarios de tramitación.
En concepto de intereses provisionales y costas de la ejecución: 2.123,33 euros y otros 2.123,33 euros.
La sentencia dictada en los presentes autos ha sido notificada a la ejecutada por medio de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 8 de julio de 2011.
Se acuerda: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten.
Diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro.
En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Guinot González Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/4.206/12)

