Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2012

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120222-3

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

3
Resolución de 8 de febrero de 2012, de la Dirección General de Transportes, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera, a celebrar en el año 2012 en la Comunidad de Madrid, así como se hacen públicas las fechas y el lugar de celebración de las mismas.

El régimen establecido por la Directiva 96/26/CE sobre el cumplimiento y comprobación de las condiciones exigidas para el acceso a la profesión de transportista se encontraba básicamente recogido en la sección primera del capítulo primero del título II de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y en el capítulo primero del título II de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

La citada Directiva fue modificada parcialmente por la Directiva 98/76/CE, del Consejo, en aspectos que afectaban tanto a la práctica de los exámenes para la obtención del certificado de capacitación profesional, como a las reglas para su calificación, al programa de materias objeto del contenido de aquellos y al propio modelo normalizado de certificado de capacitación, la adaptación al nuevo régimen en nuestro derecho interno se llevó a cabo con la Orden de 28 de mayo de 1999, del Ministerio de Fomento, por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en Materia de Expedición de Certificados de Capacitación.

Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, corresponde a la Comunidad de Madrid, por delegación de la Administración del Estado, la convocatoria de las pruebas de capacitación correspondientes.

En su virtud, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Pruebas a celebrar en el año 2012

Durante el año 2012 la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid realizará dos pruebas para la obtención de los certificados de capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de transportista en las diferentes modalidades de transporte por carretera y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo. Dichas pruebas darán comienzo en los meses de mayo y noviembre.

Las pruebas se celebrarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, en el Real Decreto 404/1989, de 21 de abril, en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y en las disposiciones complementarias de la misma (Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999), en cualquier otra norma vigente en el momento de la realización de las pruebas que les sea de aplicación y con lo dispuesto en la presente Resolución.

La composición de los Tribunales se determinará mediante Resolución de la Dirección General de Transportes, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

Normas generales para la realización de las pruebas

La realización de las pruebas se ajustará a las siguientes

BASES

Primera. Contenido de las pruebas

Las pruebas se ajustarán al programa establecido en el Anexo B de la Orden de 28 de ma­yo de 1999, del Ministerio de Fomento (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de junio de 1999).

Los ejercicios a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en el capítulo II de la citada Orden. Respecto al tiempo para la realización de cada una de las partes de que consta cada ejercicio los aspirantes dispondrán de dos horas en cada una de ellas.

Segunda. Concurrencia a las pruebas

Para poder concurrir a las pruebas de capacitación profesional los aspirantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

— Presentación de solicitud en modelo normalizado en los lugares, formas y plazos establecidos en la base tercera de la presente Resolución.

— Autoliquidación de la correspondiente tasa por derechos de examen, realizada, en todo caso, a nombre del aspirante.

— Tener la residencia habitual en la Comunidad de Madrid antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tan solo, a los efectos de la admisión a la realización de los exámenes, se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar que figure como domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Solo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

l Que el aspirante acredite, mediante certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid al menos ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.

l Que el aspirante acredite, mediante certificado de empadronamiento, que aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid menos de ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Madrid. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela u otras clases de centros docentes no implica el traslado de la residencia habitual.

En cualquier momento del proceso, si el Tribunal tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple los requisitos exigidos en la presente convocatoria, podrá requerirle los documentos que justifiquen su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el aspirante quedará excluido de las pruebas.

Tercera. Solicitudes, lugar y plazo para su presentación

Las personas que deseen tomar parte en las pruebas de capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de transportista y actividades auxiliares y complementarias deberán presentar su solicitud en modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Transportes en alguno de los siguientes lugares y formas:

— En el Registro de la Dirección General (calle Orense, número 60) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes también podrán presentarse por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable.

La documentación requerida puede anexarse a la solicitud, en el momento de su envío, o autorizar a la Administración la consulta de los datos contenidos en los certificados, en aquellos casos en que exista esta opción.

Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica de www.madrid.org. Asimismo, se podrán recibir las notificaciones que tenga que hacer la Administración de la Comunidad de Madrid, referidas a este procedimiento, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, disponible en el citado portal, si así lo indica en el impreso de solicitud y se ha dado de alta en el sistema.

El plazo de presentación de solicitudes será:

— Del día 5 al día 22 de marzo, ambos inclusive, para las pruebas a celebrar en el mes de mayo.

— Del día 31 de agosto al día 17 de septiembre, ambos inclusive, para las pruebas que tendrán lugar en el mes de noviembre.

La carencia de cualquiera de los datos de la solicitud o de los documentos o justificantes exigidos dará lugar a la exclusión del aspirante.

Cuarta. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, la Dirección General de Transportes dictará Resolución por la que se declaren aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión, y la hará pública mediante su exposición en el tablón de anuncios de la citada Dirección General.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en las relaciones de admitidos o lo hagan con algún dato erróneo dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de la citada Resolución, para proceder a su subsanación.

Transcurrido el citado plazo, la Dirección General de Transportes dictará Resolución por la que se declaren aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y la hará pública mediante su exposición en el tablón de anuncios de la Dirección General citada con anterioridad.

Todas las listas de aspirantes a las que se hace referencia en esta base podrán ser consultadas por los interesados en la página web www.madrid.org/Consejería de Transportes e Infraestructuras/Dirección General de Transportes

Quinta. Tribunales, fechas y lugar de celebración de las pruebas

Pruebas a celebrar en el mes de mayo:

Las pruebas del mes de mayo se celebrarán en el Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez” (carretera Villaverde-Vallecas, kilómetro 4), de acuerdo con las siguientes fechas y horarios:

— Día 19 de mayo, sábado: Ejercicio de transporte interior e internacional de mercancías en único llamamiento a las nueve horas.

— Día 17 de mayo, jueves: Ejercicio de transporte interior e internacional de viajeros:

l Llamamiento a las dieciséis horas.

Pruebas a celebrar en el mes de noviembre:

Las pruebas de noviembre se celebrarán en el Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez” (carretera Villaverde-Vallecas, kilómetro 4), de acuerdo con las siguientes fechas y horarios:

— Día 10 de noviembre, sábado: Ejercicio de transporte interior e internacional de mercancías en único llamamiento a las nueve horas.

— Día 8 de noviembre, jueves: Ejercicio de transporte interior e internacional de viajeros.

l Llamamiento a las dieciséis horas.

A efectos de comunicaciones los Tribunales tendrán su sede en las dependencias de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid, calle Orense, número 60, 28020 Madrid.

Sexta. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del documento oficial en vigor acreditativo de su identidad y domicilio. Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquellas. Se recomienda, asimismo, concurran provistos del justificante de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y, en su caso, de la copia de solicitud de admisión.

Para la correcta realización de las correspondientes pruebas los aspirantes deberán ir provistos de lapicero, pudiendo llevar, asimismo, máquinas calculadoras, al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resulten necesarias. En ningún caso se permitirá la utilización de máquinas calculadoras con memoria ni el uso de teléfonos móviles.

Séptima. Lista de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones

Finalizadas las pruebas y tras la corrección de todos los ejercicios, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid la relación provisional de aspirantes que hayan resultado aptos.

Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.

Una vez resueltas estas reclamaciones, el Tribunal elevará a la Dirección General de Transportes la propuesta de relación definitiva de aspirantes que hayan resultado aptos, la cual dictará una Resolución declarándolos aptos y la hará pública mediante su exposición en el tablón de anuncios de la Dirección General de Transportes.

Todas las listas de aspirantes a las que se hace referencia en esta base podrán ser consultadas por los interesados en la página web www.madrid.org/Consejería de Transportes e Infraestructuras/Dirección General de Transportes

Octava. Presentación de documentación

En el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la Resolución de la Dirección General de Transportes, por la que se declaren aptos los aspirantes que han superado los exámenes, los aspirantes declarados aptos deberán presentar en las dependencias de la misma los siguientes documentos:

— Documento nacional de identidad en vigor del aspirante, en el que figure su domicilio en la Comunidad de Madrid al menos ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

— En su caso, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid al menos ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

— En su caso, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid menos de ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y acreditación documental de que el aspirante se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Madrid conforme con lo que se establece en la base segunda de la presente Resolución.

A quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no se les podrá emitir el certificado de aptitud y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial, en su caso.

Tercero

Vigencia de la normativa de transportes y del resto de materias relacionadas con el contenido de los exámenes

La normativa a considerar en el desarrollo de los exámenes será la vigente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Clasificación de los Tribunales

A efectos de lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, los Tribunales a que se refiere la presente convocatoria se clasifican en la categoría primera. El importe de la cuantía de las asistencias a percibir por sus miembros será el señalado en el Acuerdo de 27 de junio de 2002.

Quinto

Interposición de recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejería de Transportes e Infraestructuras y en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella se regirán por lo establecido en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 8 de febrero de 2012.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

(01/461/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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