Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120222-115
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
Diligencia.—En Madrid, a 1 de febrero de 2012.
La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, intentada la notificación a Fundación Capaces, por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.
EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 25 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Concepción García Atienza, contra Fundación Capaces, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:
Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de fecha 28 de noviembre de 2011, a la empresa Fundación Capaces, en favor de la demandante doña María Concepción García Atienza y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, el día 13 de marzo de 2012, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
Notifíquese a las partes esta resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Fundación Capaces, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 1 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/4.483/12)