Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120220-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

85
Procedimiento ordinario 429 de 2007

En el procedimiento ordinario número 429 de 2007, sobre otras materias, a instancias de don Froilán de Frutos Francisco y doña Francisca Juliana Martín Sanz, con procuradora doña Beatriz Calvillo Rodríguez, contra don Ángel Sánchez Lumbreras, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 15 de 2008

En Madrid, a 21 de abril de 2008.—Vistos por don Santiago Manuel García Fernández, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 8 de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 429 de 2007, promovidos por don Froilán de Frutos Francisco y doña Francisca Juliana Martín Sanz, representados por la procuradora de los tribunales doña Beatriz Calvillo Rodríguez y asistidos por la letrada doña Susana Rovira Díez, contra don Ángel Sánchez Lumbreras, declarado en situación procesal de rebeldía según resolución de fecha 20 de diciembre de 2007, sobre pretensión en la que se dicte sentencia por el Juzgado, concretamente se declare que don Froilán y doña Francisca son legítimos titulares del inmueble sito en Madrid, calle Fernando Díaz de Mendoza, número 59, escalera A, piso cuarto, puerta 1, recayendo la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Froilán de Frutos Francisco y doña Francisca Juliana Martín Sanz, representados por la procuradora de los tribunales doña Beatriz Calvillo Rodríguez, contra don Ángel Sánchez Lumbreras, debo declarar y declaro que son legítimos titulares del inmueble sito en Madrid, calle Fernando Díaz de Mendoza, número 59, escalera A, piso cuarto, puerta 1, por compra en su día a don Ángel Sánchez Lumbreras, todo ello con imposición al demandado de las costas procesales originadas en este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días y en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497 y 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica al demandado don Ángel Sánchez Lumbreras la sentencia de fecha 21 de abril de 2008.—El secretario (firmado).

(02/948/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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