Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2012

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120216-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2012, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras para las obras del proyecto “Depósito de la torreta de 8.000 metros cúbicos y tubería de aducción al depósito”, en El Molar, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 8/12).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 31 de enero de 2012, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para las obras del Proyecto “Depósito de la torreta de 8.000 metros cúbicos y tubería de aducción al depósito”, en El Molar, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 20 de enero de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 20 de enero de 2012, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo que a continuación se hace público mediante la presente Resolución, una vez cumplimentado, con fecha 10 de febrero de 2012, el trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de la Comisión de Urbanismo:

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras para las obras del Proyecto “Depósito de la torreta de 8.000 metros cúbicos y tubería de aducción al depósito”, en El Molar, promovido por el Canal de Isabel II.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes organismos afectados:

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios y Subdirección General de Conservación del Medio Natural y Calidad del Aire). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de El Molar, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes.

Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 10 de febrero de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/447/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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