Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120216-329

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

329
Demanda 1.496 de 2011

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.496 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejo Fleitas Zárate, contra don Antonio Carrero Núñez de Arenas, don Enrique Carrero Núñez de Arenas, “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, “Grupo Coinco Servicio Integral, Sociedad Anónima”, y “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de acumulación y decreto, cuya parte dispositiva son, respectivamente, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo:

Acumular a los presentes autos los que se tramitan en este mismo Juzgado de lo social, seguidos con el número 1.497 de 2011, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas, y encontrándose señalado el juicio, mediante decreto de 22 de noviembre de 2011, para el día 9 de abril de 2012, a las doce horas, estando al contenido del mismo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este abierta en “Banesto”, cuenta número 2850.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Alejo Fleitas Zárate, frente a don Antonio Carrero Núñez de Arenas, don Enrique Carrero Núñez de Arenas, “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, “Grupo Coinco Servicio Integral, Sociedad Anónima”, y “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, en materia de despido.

2. Se acuerda citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 9 de abril de 2012, a las doce horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada, que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, y “Grupo Coinco Servicio Integral, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 26 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.359/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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