Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2012

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120214-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Padrones fiscales impuesto vehículos tracción mecánica 2012

En la Oficina del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sita en la plaza de la Constitución, número 1, y por el plazo de quince días hábiles, se encuentran a disposición de los interesados los padrones fiscales impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas, tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos-ecotasa y tasa por la instalación del mercadillo municipal del año 2012.

El período de recaudación voluntaria es el que a continuación se indica:

— Entre los días 15 de marzo y 16 de mayo de 2012, ambos incluidos.

El ingreso de las deudas tributarias de estos impuestos se realizará únicamente en las oficinas de bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos, en cualquiera de sus sucursales de todo el territorio nacional.

En caso de duda o error, los contribuyentes podrán informarse en el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, a través de los siguientes medios:

— Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

— Teléfono 916 602 700. Fax 916 602 727.

— Web municipal: http://www.rivasciudad.es

— Correo electrónico: gtributaria@rivasciudad.es

Transcurrido los plazos de ingreso señalados, las deudas serán exigibles por procedimiento ejecutivo y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 160 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Rivas Vaciamadrid, a 25 de enero de 2012.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz.

(02/722/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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