Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120214-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

40
Modificación ordenanza terrazas veladores

Por el Pleno Municipal del día 13 de diciembre de 2011, se procedió a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal de terrazas de veladores y quioscos de hostelería que afecta a los siguientes artículos:

Art. 6, apartado 1), modificar el texto actual por el siguiente: “el horario de funcionamiento de las terrazas situadas en suelo de titularidad y uso público, en período estacional, esto es, el comprendido entre el 1 de abril al 31 de octubre ...”.

Art. 6, apartado 6). modificar el texto actual por el siguiente: “asimismo, el Ayuntamiento podrá ampliar el horario con motivo de las fiestas, celebraciones u otras ocasiones especiales, previa petición del interesado/a e informe técnico del servicio correspondiente que indique que se cumplen las circunstancias urbanísticas, medioambientales y/o sociales oportunas ...”.

Art. 25, apartado 1), modificar el texto actual por el siguiente: “la autorización podrá ser solicitada por alguno de los siguientes períodos de funcionamiento:

— Estacional, que comprenderá del 1 de abril al 31 de octubre.

— Anual, que se corresponderá con el año natural”.

El plazo para presentar alegaciones es de 30 días a contar desde el publicación del presente anuncio, y serán presentadas en el Servicio de Atención al Ciudadano de este Ayuntamiento.

Parla, a 30 de enero de 2012.—El concejal-delegado especial de Desarrollo Empresarial y Nuevas Tecnologías, Ángel Sánchez Porcel.

(03/3.221/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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