Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
11-02-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120211-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Demanda 575 de 2009

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 575 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Enache, contra don Tomás Lozano Valladolid y “Mirlux, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 12 de enero de 2012, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de enero de 2012.

La pongo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 10 de enero de 2012 ha tenido entrada en este Juzgado el precedente escrito, así como que los autos han sido devueltos, de lo que doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 12 de enero de 2012.

Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día por don Tomás Lozano Valladolid contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado número 2507/0000/00/número de expediente y año, en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando el número de cuenta 2507/0000/00/expediente y año y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así lo ordeno y firmo.—El secretario judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mirlux, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 12 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.911/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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