Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
11-02-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120211-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

EDICTO

79
Procedimiento ordinario 1.867 de 2008

Don Manuel Álvaro Araújo, secretario del Juzgado de primera instancia número 68 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.867 de 2008, seguido a instancias de “FCE Bank PLC” (sucursal en España), frente a doña Adriana Ximena Llerena Valencia y don Manuel Felipe Bravo Posligua, habiéndose dictado sentencia en fecha 20 de enero de 2011, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Antonio Gómez de la Serna y Adrada, en nombre y representación de “FCE Bank PLC” (sucursal en España), contra don Manuel Felipe Bravo Posligua y doña Adriana Ximena Llerena Valencia, y en consecuencia, les condeno a que abonen a la actora la suma de 7.960,91 euros, más sus intereses pactados desde la interpelación judicial, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro del quinto día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, en Madrid, a fecha anterior.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a los demandados doña Adriana Ximena Llerena Valencia y don Manuel Felipe Bravo Posligua, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que firmo en Madrid, a 20 de enero de 2011. Doy fe.—El secretario (firmado).

(02/712/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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