Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
11-02-2012

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120211-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

69
Recurso 2.152 de 2011

Don Manuel Varón Mora, secretario de la Sala de lo social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 2.152 de 2011, dimanante de los autos número 538 de 2010, seguidos por el Juzgado de lo social número 1 de los de Córdoba, seguidos entre las partes que se expresarán, se ha dictado por esta Sala la resolución cuya parte dispositiva dice:

Con desestimación del recurso de suplicación interpuesto por don Rafael Porras Castro, contra la sentencia de 14 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado de lo social número 1 de los de Córdoba, en virtud de demanda sobre Seguridad Social, formulada por el mencionado recurrente, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Instalaciones Eléctricas Cristal, Sociedad Limitada”, “Inello Montajes, Sociedad Limitada”, y “Asepeyo”, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al excelentísimo señor fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo social número 1 de Córdoba, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a “Instalaciones Eléctricas Cristal, Sociedad Limitada”, e “Inello Montajes, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente.—Doy fe.

En Sevilla, a 9 de enero de 2012.—El secretario, Manuel Varón Mora.

(03/2.764/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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