Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120209-95
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.152 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel González García, contra la empresa “Trivia Diversa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor literal siguiente.
Sentencia número 578 de 2011
En Madrid, a 15 de diciembre de 2011.—Don Juan Manuel Carrillo Eguilaz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 del Juzgado y localidad o provincia Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes, de una, y como demandante, don Gabriel González García, que comparece asistido de la letrada doña Nerea García Llorente, y de otra, como demandada, “Trivia Diversa, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar debidamente citada. En nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por don Gabriel González García, contra la empresa “Trivia Diversa, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del trabajador acordado con efectos del día 21 de septiembre de 2011, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice al actor en las siguientes cantidades:
La cantidad de 15.494,74 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 28 de marzo de 2007, hasta la fecha de la presente resolución, 15 de diciembre de 2011, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 72,49 euros brutos diarios.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el banco “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en el banco “Banesto”, calle Orense, número 19, Madrid, a nombre de este Juzgado, con el número de cuenta 2507, clave 65, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Trivia Diversa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 11 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/2.196/12)

