Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

86
Demanda 343 de 2011

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 343 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Sánchez Jiménez, contra “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de 9 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans, magistrada-juez de este Juzgado, resuelve decretar la ejecución del fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 27 de julio de 2011, declarando extinguida a partir de esta fecha la relación laboral que vinculaba a las partes, y acordando que se abone por “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, a doña María Teresa Sánchez Giménez la cantidad de 30.196,46 euros, en concepto de indemnización por dicha extinción, calculada hasta el día de hoy, así como la cantidad de 16.434,41 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta esta fecha.

En ambas cantidades se encuentran comprendidas las fijadas en la sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 0030 1033 40 2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional 15).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.635/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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