Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-82
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.095 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Margarita Poblador Domingo, contra “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
En Madrid, a 4 de noviembre de 2011.
Decreto
El secretario judicial don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 4 de noviembre de 2011.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Admitir a trámite la demanda presentada, sin profesional asignado, a instancias de doña Silvia Margarita Poblador Domingo, frente a Fondo de Garantía Salarial, “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de demanda.
2. Se señala para el acto de concilicación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 18 de diciembre de 2012, a las nueve y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar por este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.—El secretario (firmado).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 18 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/2.589/12)

