Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-61
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento ordinario número 859 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 145
En Madrid, a 30 de mayo de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Carlos Ceballos Norte, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 859 de 2009, a instancias de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, representada por la procuradora señora Alonso y dirigida por el letrado señor Egea, contra “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, doña Didina Dumitru y don Stelian Dumitru, en situación procesal de rebeldía.
Fallo
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
Acuerdo: Estimar la demanda formulada por “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, contra “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, doña Didina Dumitru y don Stelian Dumitru, y, en consecuencia:
A) Declaro resuelto desde el 12 de febrero de 2009 el contrato de arrendamiento financiero suscrito por “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, y “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, el 12 de agosto de 2005, descrito en el hecho primero de la demanda, y, consecuentemente, declaro extinguidos y cancelados los derechos de opción de compra concedidos en dicho contrato a “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”.
B) Condeno a “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, a restituir a la actora la posesión de los bienes objeto del contrato resuelto, poniéndolos inmediatamente a disposición de la actora.
C) Condeno a “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, doña Didina Dumitru y don Stelian Dumitru solidariamente a pagar a la actora las siguientes cantidades:
a) 11.567,78 euros por cuotas de arrendamiento impagadas desde el 12 de marzo de 2008 al 12 de febrero de 2009, más los intereses moratorios pactados, al tipo nominal anual del 22 por 100, desde la fecha de presentación de la demanda.
b) 1.169,94 euros por intereses de demora devengados, al tipo del 22 por 100, desde el 12 de marzo de 2008 al 12 de febrero de 2009, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.
c) 1.422,36 euros, equivalentes al 10 por 100 de las cuotas pendientes de vencimiento a la fecha de la resolución (12 de febrero de 2009), en concepto de cláusula penal pactada en la citada condición general 6.2.b) del contrato, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.
D) Con expresa imposición de costas a los demandados.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.
Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados “S&D Dumityru 2004, Sociedad Limitada”, doña Didina Dumitru y don Stelian Dumitru, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Madrid, a 17 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(02/592/12)

