Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-166
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 158 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Guarayo Soto contra la empresa “Liria Promosol, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 21 de diciembre de 2011 de la parte dispositiva del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
En atención a lo dispuesto, se acuerda:
a) Despachar orden general de ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 8.553,20 euros, más la cantidad de 1.711 euros en concepto de intereses y en concepto de costas provisionales.
b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así, se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social), siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2708/0000/30/0158/11, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, indicando el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social los demás establecidos en la ley.
Así, por este auto pronuncio, mando y firmo.—Inmaculada González de Lara Ponte, magistrada-juez de lo social.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Liria Promosol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado)
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