Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120207-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Ejecución 75 de 2011

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 75 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eusebio Díaz Gallego Albertos y don Juan Ortega García, contra la empresa “Hidalgo Blanco Víctor 002250194, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución y decreto de embargo con fecha 28 de octubre de 2011, cuyas partes dispositivas se acompañan.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad al auto despachando ejecución dictado, acuerdo:

Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin accédase por los medios telemáticos existentes en este Juzgado, Agencia Tributaria, Tráfico y Registro de la Propiedad.

Líbrese oficio a Hacienda Pública a fin de que comunique a este Juzgado si por la misma se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta o las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia.

En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en “Banesto” c/c número 4684, sito en calle Princesa, número 2.

Asimismo, se acuerda el embargo de los saldos acreedores de las entidades bancarias “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja”, Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona”, “Banco Bilbao Vizcaya-Argentaria” (BBVA), “Banco Español de Crédito”, “Caja Madrid”, “Caixa”, “BSCH Santander”, existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente entidad financiera actuará como depositario o mero intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados.

Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades “Seringas Algete, Sociedad Limitada”, “Escuela de Natación Aqua Sport, Sociedad Limitada”, e “Industrias Gráficas Bohe, Sociedad Anónima”, para la retención y los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículo 893 del Código de Comercio), e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral

Y apareciendo que la demandada es titular de los vehículos matrícula 0110FSL, 8226FRW, procédase a trabar embargo sobre los mismos, expidiéndose por duplicado el correspondiente oficio al Registro de Bienes Muebles correspondiente.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación con infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial.

Diligencia.—La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Eusebio Díaz Gallego Albertos y don Juan Ortega García, solicitando la ejecución de la sentencia dictada en los autos de referencia. Asimismo, hago constar que la sentencia es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

En Madrid, a 28 de octubre de 2011, por la ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada del Juzgado de lo social número 40 de Madrid se dicta la siguiente:

Parte dispositiva:

Se despacha la ejecución general y definitiva de la Sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de don Eusebio Díaz Gallego Albertos y don Juan Ortega García, contra “Hidalgo Blanco Víctor 002250194, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.437,24 euros de principal más la de 243,72 y 243,72 euros, calculada provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes (y en su caso a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso, artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte del ejecutado la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así, por este su auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hidalgo Blanco Víctor 002250194, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.880/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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