Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-17
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M ha solicitado la cesión de uso del inmueble sito en la calle Villaamil, número 12, de Madrid, con el fin de cumplir con las funciones sociales que desarrolla esta asociación sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
No se juzgan previsibles la afectación y explotación del inmueble, catalogado como bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.
Por ello, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y siendo competente esta Consejería de Economía y Hacienda para autorizar la cesión,
DISPONGO
Primero
Ceder el uso a la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M del local de calle Villaamil, número 12, de Madrid, por plazo de cinco años, prorrogables por otros cinco, a partir de la fecha de la puesta a disposición efectiva del mismo.
Segundo
El local se destinará por la cesionaria a las funciones sociales que desarrolla esta asociación sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
Tercero
Si el bien cedido no fuera destinado a los fines previstos se considerará resuelta la cesión, revirtiendo los bienes a la Comunidad de Madrid, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios y el detrimento que hubieran experimentado.
Cuarto
Todos los gastos y tributos que afecten al local cedido serán a cargo de la cesionaria.
Quinto
La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de marzo de 2011.
El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA
(03/2.456/12)

