Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
03-02-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

189
Demanda 923 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 923 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonathan Martín Aliseda, contra la empresa “Sergatrans Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

CÉDULA DE CITACIÓN

En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.

En el proceso tramitado por este Juzgado de lo social en base a la demanda presentada por don Jonathan Martín Aliseda, contra “Sergatrans Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, en materia de ordinario, se ha dictado resolución de esta misma fecha, cuya copia literal se acompaña.

De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral, se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que sirva de notificación y citación a usted, expido la presente en Madrid.—El secretario judicial.

Advertencia: se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del 12 de abril de 2012, a las nueve y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Princesa, número 3.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.319/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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