Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
03-02-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

175
Demanda 269 de 2011

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 269 de 2011, seguido a instancias de don Neuris Novas Pineda, don Hilario Guevara Melo y don Florencio Martínez Montalvo, contra la empresa “Edificaciones Angebe, Sociedad Limitada”, y “Nambar Constructora, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Avilés Navarro.—En Madrid, a 28 de diciembre de 2011.

Vistos los preceptos legales mencionados, y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo:

— Admitir a trámite la demanda presentada.

— Señalar el día 7 de marzo de 2012, a las nueve y cuarenta horas de su mañana para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial y, en su caso, del acto del juicio.

— Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial en el primer caso y el juez en el segundo, tener a los actores por desistidos de la demanda, y si se tratase de las demandadas no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

— Con respecto a la prueba, resolverá sobre su admisión su señoría el magistrado-juez en resolución aparte, debiendo realizarse los despachos oportunos en su caso para su diligenciado.

— Se requiere a la parte actora, que en caso de querer comparecer representada de letrado, deberá otorgar poder “apud-acta” en el Juzgado o poder notarial, antes de la fecha señalada para juicio.

— Igualmente en este acto se informa a todas las partes en el procedimiento, que los expedientes y pruebas documentales deberán aportarse completos y debidamente foliados al acto del juicio oral.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

— Mediante consignación en la cuenta de consignaciones del Juzgado número 2519 de la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 2, de Madrid.

— Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios, indicando el número de c/c 2519 , número de procedimiento y persona que hace el ingreso.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edificaciones Angebe, Sociedad Limitada”, y “Nambar Constructora, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.321/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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