Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
03-02-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Demanda 748 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 748 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Marcelino Jiménez Frías, contra la empresa “Condais Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución que es del tenor literal siguiente:

En la ciudad de Madrid, a 30 de diciembre de 2011.—Doña María Jose Ceballos Reinoso, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 16 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante don Marcelino Jiménez Frías, que comparece asistido del letrado don Juan Carlos Alarcón Alvarez colegiado 47692, y de otra como demandada “Condais Instalaciones, Sociedad Limitada” no comparece, Fondo de Garantía Salarial, comparece, en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente,

Sentencia

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora don Marcelino Jiménez Frías, frente a la demandada “Condais Instalaciones, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone al trabajador la suma de 1.053,48 euros más 2.145,53 euros, incrementada por la aplicación de un 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consigando la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2514000065, seguido del número de procedimiento y año (con dos cifras) en el banco “Banesto” en la calle Orense, número 19 de Madrid, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros, en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Condais Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.479/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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