Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29
Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-131
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de la Corporación Local, en sesión ordinaria del día 22 de diciembre de 2011, aprobó el siguiente calendario fiscal para el ejercicio 2012:
Transcurrido el plazo señalado como período en pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
El pago podrá realizarse en las dependencias municipales los viernes de cada mes, en horario de nueve a catorce, que no sean festivos.
En fechas distintas a las anteriormente citadas, el pago podrá realizarse en las oficinas centrales de recaudación situadas en la plaza de la Constitución, de Aldea del Fresno, de lunes a viernes, de diez a catorce horas y los sábados, de diez a trece horas.
Los deudores podrán proceder a la domiciliación bancaria de los impuestos y tasas enumerados anteriormente, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En Villamantilla, a 22 de diciembre de 2011.—El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.
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