Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
28-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120128-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Demanda 737 de 2009

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 737 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias don José Ángel Lázaro Tello, don Pedro Alfonso Ruiz Serrano, don Marcelino Martínez Ybarra, don Pedro Solano Sánchez, don Carlos López Cortijo, don Ramón Menéndez Martín Casero y don Iván Ayuso Adam, contra las empresas “Sanmartín y Martínez, Sociedad Limitada”, y “Aldesa Servicio y Mantenimientos, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 2 de febrero de 2011.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 22 de diciembre de 2010 se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos, devueltos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 2 de febrero de 2011.

Dada cuenta; por recibidos los presentes autos del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo social, así como la certificación de la resolución dictada, acúsese recibo de su llegada y, conforme al contenido de lo dispuesto por el referido Tribunal Superior de Justicia, procédase sin más trámites al archivo de las actuaciones, previa nota en el libro de registro correspondiente, una vez firme la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sanmartín y Martínez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/895/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120128-152