Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120127-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

81
Procedimiento ordinario 492 de 2011

Doña María Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio ordinario 492 de 2011, a instancias de Comunidad de Propietarios Ciudad Satélite de la Florida, representada por el procurador don Ignacio Gómez Gallegos, contra “Herpil, Sociedad Limitada”, dictándose sentencia en los referidos autos:

Sentencia número 185

En Madrid, a 8 de septiembre de 2011.—El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto el presente procedimiento de juicio ordinario tramitado en este Juzgado con el número de autos 492 de 2011 entre partes, de una y como demandante la Comunidad de Propietarios de la Ciudad Satélite de La Florida, representada en juicio por el procurador de los Tribunales don Ignacio Gómez Gallegos y asistida por el letrado don Juan José García García, y como demandada la mercantil “Herpil, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimándose sustancialmente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios de la Ciudad Satélite de La Florida, representada en juicio por el procurador de los Tribunales don Ignacio Gómez Gallegos, contra la mercantil “Herpil, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha entidad demandada a pagar a la Comunidad actora la cantidad de 6.764,86 euros junto con los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil devengados por la cantidad de 6.647,29 euros desde la fecha de la presente resolución, absolviéndole del resto de pretensiones formuladas en su contra, con expresa imposición a dicha demandada de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia al demandado en autos “Herpil, Sociedad Limitada” y para su inserción en el “Boletín Oficial del Estado” se expide la presente.

Madrid, a 18 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/346/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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