Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120125-129
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 260 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Ogalla Serrano, don David Guerrero Martín, don Dawit Amha Degefe, don Dumitru Abadel, don Félix Barquero Morales, don Francisco Javier Gallego Gómez, don Javier Ángel Arévalo Cobos, don José Manuel Cuesta Rodríguez Tarices, don Juan Rubio Agudo, don Luis Madrid Grande, don Luis Ramos Izquierdo, don Mario García Márquez, don Óscar Palomares Moreno, don Pedro José Palomares Moreno, don Pedro Luis Irala Toro y don Rafael Domínguez Plaza, contra la empresa “Reparación y Servicios del Automóvil Mat, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Reparación y Servicios del Automóvil Mat, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 68.028,21 euros, desglosado del siguiente modo: don Félix Barquero Morales, 5.217,20 euros; don Francisco Javier Gallego Gómez, 4.901,27 euros; don Luis Ramos Izquierdo, 4.757,36 euros; don Dumitru Abadel, 4.441,22 euros; don Mario García Márquez, 4.096,82 euros; don Pedro Luis Irala Toro, 4.890,35 euros; don Dawit Amha Degefe, 2.698,46 euros; don David Guerrero Martín, 4.990,17 euros; don Luis Madrid Grande, 3.856,60 euros; don José Manuel Cuesta Rodríguez Tarices, 3.869,07 euros; don Ángel Ogalla Serrano, 2.849,90 euros; don Pedro José Palomares Moreno, 3.939,48 euros; don Óscar Palomares Moreno, 4.325,21 euros; don Juan Rubio Agudo, 4.536,54 euros; don Javier Ángel Arévalo Cobos, 3.981,72 euros, y don Rafael Domínguez Plaza, 4.676,84 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reparación y Servicios del Automóvil Mat, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).
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