Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120125-68
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.012 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nelson Israel Neira Plaza, contra las empresas “Deseuras Aplicaciones, Sociedad Limitada”, y “Seirt, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado sentencia de fecha 21 de noviembre de 2011 y auto de aclaración de fecha 19 de diciembre de 2011 que se transcriben a continuación:
Que estimando como estimo la demanda presentada por don Nelson Israel Neira Plaza, contra “Deseuras Aplicaciones, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al actor la cantidad de 4.015 euros, más los intereses legales. Y debo absolver y absuelvo a “Seirt, Sociedad Limitada”, por desistimiento expreso de la parte actora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, (calle Orense, número 19, 28020 Madrid), a nombre de este Juzgado. Si se hiciese por transferencia, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/ 42/0005001274, indicando en el apartado “Concepto” 2505/0000/00 y el número de expediente (0000-00), así como la persona o empresa que efectúa el ingreso. Si el mismo se realiza en efectivo, se deberán indicar los últimos 16 dígitos mencionados, obligatorios, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido siguiente:
Don José Luis de Mesa Gutiérrez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 7 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Nelson Israel Neira Plaza, que comparece asistido de la letrada doña Carolina Gómez de José, y de otra, como demandadas, “Seirt, Sociedad Anónima Unipersonal”, que comparece representada de la letrada doña Ana María Rodríguez Vázquez, de la que desiste en este acto, y no compareciendo “Deseuras Aplicaciones, Sociedad Limitada”, pese a estar citada en legal forma.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpirán desde que se solicite su aclaración, rectificación, subsanación o complemento y, en todo caso, comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegara remediarla).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deseuras Aplicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
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