Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120120-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Demanda 1.069 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 1.069 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Rosa Azucena Fernández García, contra la empresa “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente decreto y auto, cuya parte dispositiva dice:

Decreto

El secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 4 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Rosa Azucena Fernández García, frente a don Jorge Martín Izcara, “Plantel Impulsa, Sociedad Limitada”, “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima” y “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, sobre ordinario que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 3 de julio de 2012, a las ocho y treinta horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

La parte actora acudirá al señalamiento asistida de letrado.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Auto

En Madrid, a 4 de octubre de 2011.

Acuerdo: se proceda a la práctica de las pruebas señaladas en el razonamiento jurídico tercero de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

No cabe recurso.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Y para que le sirve de notificación en legal forma a “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/939/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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