Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120116-47

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

47
Procedimiento 224 de 2008

En el procedimiento de divorcio contencioso número 224 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 84 de 2010

En Parla, a 7 de julio de 2010.—Doña María Dolores Palmero Suárez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de los de esta localidad, habiendo visto y oído los precedentes autos de divorcio número 224 de 2008, seguidos a instancias de doña Carmen Artemia Jiménez Díaz, representada en estos autos por el procurador de los tribunales don Juan Luis Valgañón Gómez y asistida del letrado don Juan Carlos Izquierdo Martín, contra don Francisco Javier Moreno Jiménez, declarado en estos autos en situación de rebeldía procesal, y a la vista del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Carmen Artemia Jiménez Díaz, representada en estos autos por el procurador de los tribunales don Juan Luis Valgañón Gómez, contra don Francisco Javier Moreno Jiménez, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio por causa de divorcio de doña Carmen Artemia Jiménez Díaz y don Francisco Javier Moreno Jiménez, contraído civilmente el 6 de septiembre de 1988, el 5 de diciembre de 1997 inscrito en el Registro Civil de Madrid, Sección Primera, tomo 91, página 559, sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas procesales, con las medidas definitivas indicadas en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, conforme al artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que ha de prepararse por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, previa consignación de la cantidad de 50 euros según dispone la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 13 de diciembre.

Una vez firme esta resolución comuníquese al Registro Civil correspondiente, para lo cual se librará el correspondiente despacho.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos dejando el original en el libro de sentencias de este Juzgado, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Francisco Javier Moreno Jiménez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Parla, a 26 de octubre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/27/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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