Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120116-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

43
Juicio de faltas 49 de 2011

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, secretario del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 49 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 49 de 2011, sobre daños, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes, don Changbo Song y representante legal del “Bar Reserva II”, y como denunciados, don Gabriel López García, doña Frida Nsang Akuru y doña Míriam Fernanda Miño Filipelli.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Gabriel López García, como autor responsable de una falta de estafa, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 6 euros, pago de costas, si procediese su devengo por conceptos necesarios, y a que indemnice al establecimiento “Bar Reserva II”, en la persona de su representante legal, en la suma de 22,10 euros.

Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas.

Que debo absolver y absuelvo a doña Frida Nsang Akuru y a doña Míriam Fernanda Miño Filipelli.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Míriam Fernanda Miño Filipelli y a doña Frida Nsang Akuru expido la presente en Madrid, a 15 de diciembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/43.478/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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